Long Beach Fachada-2Si bien el bar Long Beach decidió acatar la orden de suspensión de actividades dictada por la Intendencia Municipal, sus responsables plantearon una revisión de la medida y exhibieron documentaciones que podrían desvirtuar las acusaciones que se hicieron en su contra. Mostraron la patente comercial, los planos aprobados y el informe de uso de suelo que estaría avalando su funcionamiento pese a que los vecinos reclaman que se trata de un barrio residencial. «Nos extraña mucho lo que está pasando porque nosotros tenemos todos los documentos en regla», nos dijo Sebastián López Vargas, su principal directivo.

NO HAY CASO. Actualmente Long Beach (De Gaulle y Las Palmeras) está cerrado. Hay una orden de suspensión de actividades emanada de la Intendencia Municipal. Inicialmente Long Beach no acató la medida y la Municipalidad  recurrió al Poder Judicial para lograr el cumplimiento. Los directivos del local gastronómico ya se presentaron a declarar en esta instancia y se abrió una investigación. No se adoptó ninguna medida.

Por otro lado, en el ámbito de la Municipalidad de la Capital, Long Beach presentó ante la Intendencia Municipal un pedido de reconsideración de la medida adoptada con el objeto de revocar la sanción que le impusieron. Según sus responsables, se reunieron con el intendente municipal, Mario Ferreiro y algunos directores para presentar los documentos pertinentes. «Se sorprendió cuando le mostramos todos nuestros papeles porque creía que era todo lo contrario», dijo al respecto López Vargas.

LOS PAPELES CANTAN. Los directores de Long Beach pusieron a disposición de la prensa las documentaciones que según ellos desvirtúan la acusaciones en su contra. En primer lugar, exhibieron una copia de la patente comercial expedida a nombre de Long Beach S.A. Asimismo mostraron  la aprobación de los planos firmados por Carlos Halke, Director de Obras Particulares y el principal responsable de la intervención realizada en dicho local gastronómico. Halke había declarado a elomnivoro.com que no contaban con documentaciones habilitantes.  En los documentos se declara que el inmueble será utilizado para Vivienda Unifamiliar y Comercio Bueno. Se especifica claramente que está ubicado en la Zona AR2B del Plan Regulador, definida como Area Residencial de Media Densidad B.

Por último, también exhibieron un informe sobre uso de suelo emanado de la Dirección de Planeamiento Urbano en donde se establece que Long Beach se encuentra asentado en una zona de la ciudad donde pueden realizar las actividades que declaran. Dicho informe es el documento que sirve de base para la obtención de la licencia o habilitación para poder operar comercialmente. Esta licencia no fue aún expedida por la Municipalidad de Asunción y los representantes de Long Beach urgieron para que les sea otorgada, señalando que la Comuna se encuentra en mora.

RUIDOS Y NUECES. La suspensión de actividades dictada por la Intendencia Municipal también se basó en una denuncia por ruidos molestos y en la falta de acciones para la mitigación de la polución sonora.  Otro ítem que consideraron los funcionarios municipales intervinientes fue la inexistencia de un Programa contra Incendios. Estos dos puntos fueron desmentidos por los responsables de la empresa que además que por sí solos estos puntos no pueden dar lugar a una resolución de Suspensión de Actividades, ya que en el caso de la polución sonora, se bajan los decibeles y se resuelve el problema.  Y consideran que cumplen con los requisitos de prevención de incendios.

¿RESIDENCIAL? El caso de Long Beach nace a raíz de la denuncia de los vecinos. Denuncia que inicialmente iba dirigida contra el Food Park que estaba construyéndose en la misma dirección: De Gaulle y Las Palmeras. El principal argumento que esgrimen los vecinos es que se trata de una zona residencial AR2B. En los alrededores de esa dirección existen sin embargo, varios establecimientos gastronómicos y a pocas cuadras se instaló un verdadero polo. Los técnicos de la Municipalidad deberán determinar los alcances de esas disposiciones.

¿Y AHORA QUÉ? Lo principal es que en el  ámbito de la Comuna de Asunción se resuelva el pedido de reconsideración presentado por Long Beach, a resultas del cual se determinará si sus planos son correctos, si se estableció en una zona habilitada, si corresponden la patente con la que cuentan y si se le puede otorgar la habilitación conforme al informe de uso de suelo emanado de la misma Municipalidad. Si reciben la autorización para operar y levantan la suspensión de actividades igualmente Long Beach podría ser sancionado por haber desacatado una resolución del Intendente.

Puede ser también que enviado el caso al Tribunal de Faltas de la Municipalidad, Long Beach sea clausurado definitivamente, con lo cual los responsables de la empresa recurrirán al Poder Judicial en demanda de un Recurso de Amparo. Paralelamente, a todo lo expresado en el Poder Judicial obra un expediente iniciado por la Municipalidad de Asunción que recurrió a un juez para hacer cumplir con auxilio de la fuerza pública la medida de suspensión de actividades. Si el juez falla a favor, dicha sentencia también pasará el Tribunal de Faltas que así tendrá más argumentos para aplicar sanciones a Long Beach.



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